Hacer testamento cuando hay matrimonio e hijos no es un trámite “de despacho” sin más: define paz familiar y ahorra líos y dinero. En nuestra gestoría de Vallecas nos piden este tema cada semana, y solemos empezar por una idea simple: con hijos nunca se puede “dejar todo” al cónyuge, pero sí se puede proteger muy bien al viudo o viuda sin perjudicar a los peques (o ya no tan peques). Aquí te contamos, en lenguaje de calle, qué opciones existen y cómo hacer testamento si estás casado y tenéis hijos
Lo nuestro es encargarnos del papeleo que agobia en la tramitación de herencias: cita en notaría, certificados del Registro Civil y coordinación con el ayuntamiento cuando hace falta. Tú decides y firmas; nosotros allanamos el camino.
Qué puedes y no puedes dejar si tienes hijos
En España, cuando hay descendientes, la herencia se divide en tres “cajones” (los famosos tercios):
- Tercio de legítima: reservado sí o sí para los hijos, a partes iguales.
- Tercio de mejora: también para los hijos, pero puedes mejorar a uno o varios.
- Tercio de libre disposición: puedes dejarlo a quien quieras (cónyuge, hijos, terceros…).
Traducción práctica: el cónyuge viudo no es heredero forzoso frente a los hijos, pero puede ser muy protegido con usufructo (ahora lo vemos). Y los hijos siempre tienen un mínimo garantizado.
Cuándo nos llamáis por dudas típicas solemos ver dos miedos recurrentes:
- “¿Y si fallezco y mi pareja se queda sin poder usar la casa?”
- “¿Y si uno de mis hijos complica todo pidiendo ‘lo suyo’ ya?”
Nuestro consejo inicial es poner por escrito en el testamento cómo usar cada tercio para que el cónyuge viva tranquilo (vivienda, cuentas, rentas) y los hijos sepan qué les corresponde sin sensación de agravio.
Mini-tabla útil
| Tercio | ¿Para quién? | Uso típico en matrimonio con hijos |
| Legítima | Hijos (reparto igual) | Garantiza su cuota mínima |
| Mejora | Hijos (tú eliges proporción) | Favorecer a quien más lo necesite |
| Libre disposición | Libre (cónyuge, hijos, terceros) | Blindaje extra al cónyuge |
En nuestra experiencia, cuando explicamos esto con un croquis y un ejemplo numérico, el 90% de las dudas se disipan.
Otras dudas tienen que ver con cómo se hace el reparto de la herencia entre hermanos con testamento. También lo puedes consultar AB Gestión.
“Del uno para el otro”: cómo funciona el usufructo universal y vitalicio
El testamento del uno para el otro es la solución estrella cuando hay matrimonio con hijos: el cónyuge viudo recibe el usufructo universal y vitalicio (derecho a usar y disfrutar los bienes de la herencia durante su vida) y los hijos reciben la nuda propiedad (la “propiedad desnuda”, sin uso mientras viva el viudo).
Nuda propiedad de los hijos
Los hijos son dueños a futuro. Mientras tanto, no pueden echar al viudo ni vender la casa sin su acuerdo (y, en su caso, sin levantar el usufructo o conmutarlo).
¿Qué puede y no puede hacer el cónyuge?
- Sí: vivir en la vivienda familiar, alquilar un piso heredado, cobrar rentas.
- No: vender por su cuenta la nuda propiedad de los hijos.
Lo que solemos recomendar: si el matrimonio vive en una única vivienda, nos gusta dejar clara su adjudicación de uso al viudo. Con hipoteca, acordamos quién asume cuotas y cómo evitar que se quede sin liquidez para gastos corrientes (IBI, comunidad, suministros).
Cinco formas reales de proteger al cónyuge viudo sin perjudicar a los hijos
- Usufructo universal y vitalicio: la base del “uno para el otro”.
- Cautela Socini: aviso a hijos de que, si exigen la legítima estricta “limpia” de usufructo, renuncian a mejoras o ventajas. Es un incentivo para respetar el diseño familiar.
- Conmutación del usufructo (posible por ley): convertir ese usufructo en capital, renta o lote de bienes a cambio de que el viudo renuncie al uso vitalicio. Útil cuando hay hijos de relaciones anteriores y se busca cerrar cuanto antes.
- Mejoras inteligentes: usar el tercio de mejora para equilibrar situaciones (hijo con discapacidad, quien cuida al progenitor viudo, quien asume hipoteca).
- Adjudicación preferente de vivienda y ajuar: si la casa es el centro de la vida del cónyuge, lo lógico es priorizar su uso y facilitarle el mantenimiento.
En la práctica, cuando vemos familias reconstituidas (hijos de distintas relaciones), nos tomamos un rato extra para cuadrar expectativas. Ese tiempo ahorra disgustos y abogados después.
Revisa nuestra guía para repartir una herencia con testamento.
Pasos para otorgar testamento ante notario (documentos, tiempos y coste orientativo)
Otorgar testamento en notaría es rápido y más barato de lo que imaginas. El valor está en pensarlo bien antes de firmar.
Cita y papeles
- DNI/NIE, estado civil y datos de los hijos (nombre, DNI, fecha de nacimiento).
- Inventario básico: vivienda(s), hipoteca(s), cuentas, inversiones, vehículo(s), deudas.
- Si procede, régimen económico matrimonial (gananciales/separación) y vecindad civil (puede afectar en territorios forales).
Nosotros solemos preparar la cita con el notario, llevar un esquema de tercios y, si hace falta, pedir certificados al Registro Civil o coordinar trámites con el ayuntamiento. Se firma en 20–40 minutos cuando todo está claro.
Lectura y firma
El notario te lee el testamento (tipo abierto), te explica dudas, firmáis y… listo. Te quedas con una copia autorizada o simple si la pides.
Coste orientativo
Suele ser moderado (decenas de euros). Lo que encarece una herencia no es el testamento, sino morir sin él.
Ejemplos prácticos: vivienda familiar, hipoteca y cuentas compartidas
Caso A: vivienda ganancial con hipoteca
Matrimonio con dos hijos y una vivienda con hipoteca. Fallece uno.
- Testamento del uno para el otro: el viudo mantiene el uso de la casa.
- Hijos: nuda propiedad.
- Hipoteca: seguimos pagando; solemos revisar seguro de vida vinculado (si existe) para amortizar parcial o totalmente.
- Consejo nuestro: registrarlo todo ordenado y revisar liquidez (cuentas) para que el viudo no tenga que vender prisa y corriendo.
Caso B: dos inmuebles y alquiler
Si hay un piso alquilado, el usufructo permite cobrar rentas para gastos del viudo. A los hijos les va bien porque conservan patrimonio sin urgencias.
Caso C: hijos de relaciones anteriores
Aquí reforzamos cautela Socini y dejamos clara la conmutación del usufructo como vía rápida si todos quieren liquidar.
En nuestra mesa vemos de todo, pero lo que más paz trae es anticipar “¿y si pasa X?” y dejarlo escrito en el testamento.
Casos especiales: hijos de distintas relaciones, discapacidad, derecho foral
- Hijos de distintas relaciones: mejor explicitar repartos en el tercio de mejora y regular bien el uso de la vivienda para el cónyuge.
- Discapacidad: podemos mejorar a ese hijo (más cobertura en mejora) y nombrar albacea o contador-partidor para agilizar.
- Derechos forales (Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia, Baleares): las reglas cambian. Si tenéis vecindad civil de una de estas comunidades, ajustamos el testamento al régimen aplicable.
- Empresa familiar / autónomos: atención a pactos sucesorios donde estén permitidos y a la continuidad del negocio.
Cuando nos contáis que os casasteis en un sitio y vivís en otro, revisamos vecindad civil antes de redactar. Es un chequeo rápido que evita errores gordos.
Errores frecuentes y cómo evitarlos (lo que vemos en la gestoría)
- No inventariar deudas: el testamento decide destinos, pero la herencia trae activos y pasivos. Haced la lista.
- Olvidar el régimen matrimonial: gananciales vs. separación cambia la foto.
- No designar albacea/contador-partidor: un tercero de confianza acelera.
- No hablar de la vivienda: dejad claro uso del cónyuge y expectativas de los hijos.
- No coordinar papeles: certificados, registros, ayuntamiento… Si lo dejáis en el aire, la familia lo sufre después.
A nosotros nos funciona una checklist previa y otra post-firma. Las compartimos abajo para que salgáis del notario con todo redondo.
Checklist para salir del notario con todo hecho
Antes de la cita
- DNI/NIE, libro de familia o datos de hijos.
- Régimen económico matrimonial y, si procede, capitulaciones.
- Inventario básico de bienes y deudas.
- Decisiones tomadas: usufructo para el cónyuge, reparto de mejora, quién será albacea.
- (Si aplica) Notas sobre derecho foral/vecindad civil.
Durante la cita
- Confirmar que el uso de la vivienda queda claro.
- Incluir cautela Socini si procede.
- Dejar constancia de conmutación del usufructo como opción.
- Pedir copia (simple o autorizada).
Después de la cita
- Guardar copia en lugar seguro (y que la familia sepa que existe testamento).
- Revisar seguros de vida e hipoteca.
- Actualizar poderes y beneficiarios si hace falta.
- Anotar recordatorio para revisarlo si la familia cambia (nacimiento, divorcio, nueva vivienda).
Si estás en Madrid (Vallecas o alrededores) y queréis que nos encarguemos del papeleo, coordinamos notaría, Registro Civil y trámites con ayuntamiento para que todo vaya en una.
Ordena tu testamento y deja tranquila a tu familia
Hacer testamento en pareja y con hijos no es frío ni complicado: es ordenar el cariño en decisiones jurídicas claras. Con los tercios entendidos, un usufructo bien diseñado y dos o tres cláusulas inteligentes (Socini, conmutación, mejoras), el cónyuge queda protegido y los hijos tranquilos. Nuestra experiencia es que, cuando se habla todo antes y se firma con calma, las familias respiran.
Referencias:
- Código Civil español (Libro III: De las sucesiones) – BOE.es – https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763
- ¿Qué es el testamento? – Consejo General del Notariado – https://www.notariado.org/portal/-/%C2%BFqu%C3%A9-es-el-testamento-
- Certificado de Actos de Última Voluntad: solicitud y trámite – Ministerio de Justicia – https://sede.mjusticia.gob.es/tramites/certificado-actos-ultima
- La constitucionalidad de la cautela socini y sus consecuencias sobre la naturaleza de la legítima – El Notario del Siglo XXI – https://www.elnotario.es/practica-juridica/3953-la-constitucionalidad-de-la-cautela-socini-y-sus-consecuencias-sobre-la-naturaleza-de-la-legitima
- ¿En qué consiste y cómo funciona el Portal Notarial del Ciudadano? – Notarios en Red – https://www.notariosenred.com/2022/04/en-que-consiste-y-como-funciona-el-portal-notarial-del-ciudadano/
